La Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó una nueva ley contra el lavado de dinero y activos que prohíbe denegar el acceso a cuentas bancarias, préstamos e hipotecas a personas señaladas o con historial previo de lavado de dinero. La nueva normativa , que se aprobó este 7 de octubre , reduce también la cantidad de sujetos obligados al control.
La nueva normativa se llama "Ley Especial para la Prevención, Control y Sanción del Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva" flexibiliza los controles para personas que en el pasado ya han sido señaladas por ilícitos de este tipo. La nueva ley prohíbe a bancos, cooperativas y otras instituciones obligadas obstaculizar la inclusión financiera de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras que hayan sido señaladas de lavar dinero sin antes individualizar cada caso sujeto al análisis de la Unidad de Investigación Financiera de la Fiscalía General de la República (FGR).
"No constituirá causal de exclusión para el acceso a productos o servicios financieros a una persona natural o jurídica por el hecho de que, durante la aplicación de medidas de debida diligencia, se identifiquen noticias periodísticas, referencias, inclusión en listas internas del sujeto obligado, señalamientos o antecedentes relacionados con lavado de activos, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva o sus delitos generadores, sino que las decisiones de los sujetos obligados deberán basarse en una evaluación individualizada y objetiva del riesgo", dice el artículo 10 de la ley.
El segundo cambio importante respecto a la ley anterior es que se disminuyen de 20 a 10 los sujetos obligados a reportar operaciones. La normativa excluye a todas las sociedades y empresas nacionales y extranjeras, así como a inversionistas nacionales e internacionales.
Se excluyeron además los sectores de empresas de construcción, importadores y exportadores de productos agropecuarios y de vehículos; empresas privadas de seguridad; importadoras y comercializadoras de armas de fuego, municiones, explosivos y similares; droguerías, laboratorios y farmacias; empresas hoteleras; agencias de viajes; personas naturales que se dediquen al envío y recepción de encomiendas y remesas; y empresas de transporte aéreo, terrestre y marítimo.
También se eliminan del listado las asociaciones, consorcios y gremios empresariales, así como “cualquier otra institución privada o de economía mixta”, es decir, sociedades mercantiles con participación del Estado.
Un tercer cambio es que se amplió el umbral de dinero en efectivo que debe declarar una persona al ingresar al país. Ahora, una persona podrá ingresar más de 10,000 dólares sin explicar su origen a las autoridades. El nuevo límite quedó fijado en 15,000 dólares.
Estos cambios fueron respaldados por el fiscal general, Rodolfo Delgado, quien dijo que en el pasado se cometían arbitrariedades al cerrar cuentas bancarias a personas con señalamientos de lavado. “La decisión del cierre de cuentas (bancarias) no puede ser discrecional siempre tiene que mediar la opinión de la Unidad de Investigación Financiera (UIF) o una orden judicial. En el pasado se han cometido una serie de arbitrariedades, por ejemplo, periódicos digitales alguien les encargaba un determinado reportaje, creaban toda una novela, y esa novela era la que servía de base para que algunos oficiales de cumplimiento decidieran automáticamente excluir a determinadas personas”, dijo Delgado en la comisión legislativa.
También dijo que la reducción de sujetos obligados obedece a que mantener tantos sectores bajo control era un obstáculo para la competitividad y planteó que las modificaciones eran necesarias porque había una “sobrerregulación” en la ley anterior."No es posible que en la actualidad, un inversionista extranjero que venga a explorar las posibilidades de negocio en nuestro país, sea, por el simple hecho de ser un inversionista, sea un agente obligado (...) Eso le resta competitividad al país en términos de promoción de las inversiones, en términos de inclusión financiera y en términos de generar riqueza para todos los salvadoreños", defendió el fiscal citado por Diario El Mundo.
El fiscal general, previo a ser impuesto en el cargo en 2021, trabajó 29 meses como abogado defensor de alguien perfilado como uno de los principales colaboradores de la Mara Salvatrucha-13, acusado de ser lavador de dinero. En febrero de 2021, tres meses antes de que Delgado llegara a la Fiscalía, el acusado fue absuelto de los cargos.
El subjefe de fracción de Nuevas Ideas, diputado Caleb Navarro, avaló las palabras del fiscal. “Ahora la ley se enfoca en los sujetos realmente de interés para el Estado. Esta ley vigente creaba muchos cuellos de botella”.
La diputada opositora Cesia Rivas criticó la nueva norma y dijo que el proyecto de ley debía retornar a la comisión legislativa para un estudio más profundo. “Se han excluido hoteles, empresas constructoras, ¿y acaso se nos ha olvidado personajes recientes, de un personaje como José Adán Salazar (conocido como Chepe Diablo)? (...) O se busca perseguir el delito o se busca beneficiar a alguien”, cuestionó la legisladora.
Un experto en legislación de lavado de dinero consultado por La Prensa Gráfica, quien prefirió reservar su nombre para evitar represalias del Gobierno, calificó la nueva ley como decepcionante e inconsulta con los entes afectados. “Quitaron constructoras, inversionistas internacionales, farmaceúticas, que son ámbitos de probable actividad de lavado. Hay sectores que no tenían que quitar; tenían que ser regulados. Si tú quitás sujetos obligados, los lavadores van a buscar esos sectores que ya no están regulados para entrar ahí a invertir”, explicó el especialista.